Planes y Programas

Programa de Estudios, 7° y 8° semestres, Licenciatura en Educación Física /
Lineamientos Académicos para Organizar el Proceso de Titulación (Ed. 2005)/
II. El proceso de titulación

2. De los responsables

Para atender las actividades relacionadas con la titulación en la Licenciatura en Educación Física, Plan 2002, será necesaria la vinculación de la autoridad educativa estatal con los directivos de las escuelas normales y, al interior de cada plantel, entre los directivos, la Comisión de Titulación y el área encargada de la Administración Escolar; en particular, cada instancia realizará las siguientes funciones.

2.1. Autoridad educativa estatal

Se entiende por autoridad educativa estatal al titular de los servicios educativos o a la persona que se designe para coordinar la educación normal en la entidad, así como a la instancia estatal responsable de la administración escolar.

Corresponde a la autoridad educativa estatal:

a)  Difundir con oportunidad los Lineamientos Académicos para Organizar el Proceso de Titulación. Licenciatura en Educación Física. Plan de Estudios 2002, el Reglamento que se desprenda de estos Lineamientos, así como las Normas de administración escolar para las licenciaturas del subsistema de formación de docentes en la modalidad escolarizada.

b)   Asesorar a los profesores y directivos de las escuelas normales para la correcta aplicación de estos Lineamientos y del Reglamento respectivo, así como garantizar la operación eficiente de las actividades que se establecen en dichas disposiciones.

c)  Atender las dudas y hacer las aclaraciones pertinentes a los participantes en el proceso, acerca de los Lineamientos y el Reglamento referido.

d)   Designar a la instancia o persona responsable de realizar, ante la Dirección General de Profesiones, las gestiones relacionadas con el registro de títulos de los egresados con el Plan de Estudios 2002 de los planteles normalistas, públicos y privados.

e)   Establecer mecanismos de coordinación y colaboración entre las instancias involucradas en la titulación para prever y dar seguimiento a la aplicación de las Normas de administración escolar para las licenciaturas del subsistema de formación de docentes en la modalidad escolarizada, emitidas por la sep para el ciclo escolar correspondiente.

2.2. Director del plantel

Es la persona designada para coordinar una escuela normal, pública o particular, que ofrece la Licenciatura en Educación Física, Plan de Estudios 2002.

Corresponde al director del plantel:

a) Difundir entre estudiantes, personal académico y administrativo, el presente documento y el Reglamento respectivo con el objeto de informar y facilitar la puesta en marcha de este proceso.

b) Cumplir y hacer cumplir los Lineamientos Académicos y las disposiciones del Reglamento.

c) Vigilar que el sustentante haya cumplido el servicio social mediante las actividades previstas en el Trabajo Docente conforme alguna de las dos modalidades propuestas para ese fin.

d) Acordar con el subdirector académico de la escuela, o con quien tenga funciones análogas, la conformación de la Comisión de Titulación y orientar su funcionamiento.

e) Proporcionar los apoyos humanos, técnicos y materiales que requiera la Comisión de Titulación para desarrollar sus actividades.

f)  Controlar y resguardar los títulos de educación normal.

g) Firmar y expedir los títulos y vigilar su entrega oportuna.

2.3. Comisión de Titulación

Esta comisión se constituirá al inicio de cada ciclo escolar y se integrará de la siguiente manera:

a) El presidente de la comisión, cargo que ocupará el subdirector académico del plantel o quien realice funciones análogas.

Corresponde al presidente:

  • Organizar, coordinar y supervisar los trabajos y las acciones de la comisión.
  • Convocar a los miembros de la comisión a reuniones ordinarias y extraordinarias.

b) De tres a seis miembros del personal académico. Al menos un tercio de los integrantes de la comisión serán asesores de las actividades académicas de séptimo y octavo semestres; los dos tercios restantes se completarán por docentes que imparten otras asignaturas del Plan de Estudios de la Licenciatura en Educación Física.

c) El secretario de la comisión será uno de los profesores a los que se refiere el inciso anterior, elegido para tal cargo en la primera sesión de la comisión.

Corresponde al secretario:

  • Elaborar, integrar y resguardar los acuerdos generados en las reuniones de la comisión.
  • Notificar a cada estudiante sobre el día, la hora y el lugar en que deberá presentar su examen profesional.
  • Elaborar y solicitar la expedición de constancias, con la firma del director de la escuela, a los miembros de los jurados de examen profesional.

Corresponde a la Comisión de Titulación en su conjunto:

a) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones normativas referidas a la titulación.

b) Planear, coordinar, dar seguimiento y evaluar las acciones inherentes al proceso de elaboración del documento recepcional y de titulación.

c) Elaborar un plan de trabajo anual al inicio del ciclo escolar.

d) Programar las reuniones que se efectuarán durante el ciclo escolar y convocar a la academia o al colegio de asesores de las actividades académicas de séptimo y octavo semestres. Estas reuniones serán posteriores a cada periodo del Taller de Análisis… y tendrán los siguientes propósitos:

  • Revisar el desarrollo del proceso.
  • Identificar y atender las necesidades que se vayan presentando.

    e) Promover reuniones de análisis e intercambio académico sobre el tipo de actividades que implica la elaboración del documento recepcional, con base en los siguientes documentos:

  • Lineamientos para la Organización del Trabajo Académico Durante Séptimo y Octavo Semestres.
  • Taller de Análisis del Trabajo Docente y Diseño de Propuestas Didácticas i y ii. Guía de trabajo.
  • Orientaciones Académicas para la Elaboración del Documento Recepcional.
  • Normas de administración escolar.
  • Lineamientos académicos para organizar el proceso de titulación. Licenciatura en Educación Física. Plan de Estudios 2002.
  • Reglamento de examen profesional.

    f) Promover la participación de todo el personal docente, organizado a manera de una red de asesoría, para brindar a los estudiantes el apoyo que requieren en la elaboración del documento recepcional, de acuerdo con el tema seleccionado y en coordinación con el asesor titular de cada estudiante.

    g) Designar a los profesores que integrarán el jurado para cada examen profesional y entregarles el documento recepcional objeto de examinación.

    h) Verificar que los integrantes del jurado cumplan con las funciones que se les han asignado.

    i) Establecer y calendarizar, de acuerdo con las Normas de administración escolar, el periodo de exámenes profesionales necesario para la atención oportuna de los estudiantes. Las fechas de realización de los exámenes se programarán evitando afectar otras actividades académicas en la escuela o acortar los tiempos de estudio a cubrir para cada asignatura.

    j) Resolver las dudas que presenten los estudiantes en relación con los Lineamientos, el Reglamento respectivo y otras disposiciones específicas que orientan el proceso de titulación.

    k) Asegurar las condiciones propicias para que el examen profesional se desarrolle en un ambiente estrictamente académico y sus resultados reflejen las capacidades adquiridas por los estudiantes.

    l) Presentar, al término del tiempo correspondiente, un balance sobre los logros, las dificultades y los retos que existieron durante el año escolar, así como las recomendaciones que sugieran para mejorar el proceso de titulación en los siguientes ciclos escolares.

    m) Realizar las acciones necesarias para que, en un plazo no mayor de seis meses –según establecen las Normas de administración escolar–, concluyan su documento recepcional y presenten el examen profesional los estudiantes que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

  • Que no hayan presentado la versión definitiva de su documento recepcional durante el periodo regular.
  • Que el veredicto del examen profesional haya resultado pendiente.
  • Que por alguno de los motivos que se señalan en el apartado cuatro de estos Lineamientos, el examen profesional se haya declarado suspendido o invalidado.

2.4. El estudiante

Para presentar el examen profesional, cada alumno normalista deberá cumplir los siguientes requisitos:

a) Cubrir en su totalidad los créditos que establece el Plan de Estudios de la licenciatura.

b) Haber concluido satisfactoriamente las actividades de trabajo docente durante séptimo y octavo semestres, única vía mediante la cual efectúan el servicio social establecido para esta licenciatura.

c) Entregar a la Comisión de Titulación el documento recepcional aprobado por su asesor de las actividades académicas de séptimo y octavo semestres.

d) Presentarse el día, la hora y en el lugar señalados por la Comisión de Titulación para sustentar el examen profesional.

2.5. Área de Administración Escolar del plantel

Es la instancia responsable de llevar a cabo las siguientes funciones en cada plantel normalista:

a) Integrar los expedientes académicos de los estudiantes para proporcionarlos a la Comisión de Titulación.

b) Verificar que sean correctos los datos personales que se asienten en el acta y los demás documentos del examen profesional de cada sustentante.

c) Elaborar el acta de examen profesional de cada alumno, recabar las firmas y sellos reglamentarios y llevar el control correspondiente.

d) Tramitar la expedición de los títulos y realizar su entrega oportuna a los egresados.

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