Planes y Programas

Programa de Estudios, 1er semestre, Licenciatura en Educación Especial/
Bases filosoficas, legales y organizativas del sistema educativo mexicano I (Edición 2004-2005)/
Bloque I. Los principios filosóficos

Propósitos

Mediante el estudio de los temas y la realización de las actividades correspondientes se espera que los estudiantes normalistas:

  •  Conozcan los principios filosóficos de la educación en México expresados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Educación y la Ley Estatal correspondiente.

  • Analicen los fundamentos de estos principios y sus implicaciones en la práctica educativa.

Temas

  1. La educación como medio para desarrollar las capacidades humanas y fomentar el progreso científico. La lucha contra la ignorancia y sus efectos: las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios.

  2. El laicismo: garantía de la libertad de creencias. Su relación con el principio de la separación entre el Estado y las iglesias.

  3. El carácter nacional de la educación. La educación como medio para fortalecer la identidad y la conciencia nacionales. El equilibrio entre lo nacional y las particularidades de etnia, de cultura y de región.

  4. El carácter democrático de la educación. El concepto de democracia en el Artículo Tercero. El aporte de la educación a la democratización de la sociedad. Equidad y gratuidad, principios básicos para la democratización del acceso a la educación.

  5. La educación y los valores de convivencia humana: aprecio a la dignidad de la persona, fraternidad, tolerancia, respeto a las diferencias, libertad y paz.

Bibliografía básica

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 3°, 6°, 24°, 31° –fracción I– y 130° (hay diferentes ediciones, sin embargo, para contar con el material actualizado, consultar la página: http://www.camaradediputados.gob.mx).1

Fuentes Molinar, Olac (1997), “El laicismo: seis tesis contrarias a la educación pública”, en SEP, Bases Filosóficas, Legales y Organizativas del Sistema Educativo Mexicano. Programa y materiales de apoyo para el estudio. Licenciatura en Educación Primaria. 1er semestre, México, pp. 41-45.

Gimeno Sacristán, José (2000), “Un camino para la igualdad y para la inclusión social” y “La educación obligatoria: una escolaridad igual para sujetos diferentes en una escuela común”, en La educación obligatoria: su sentido educativo y social, Madrid, Morata (Pedagogía. Razones y propuestas educativas, 1), pp. 62-65 y 68-95.

H. Congreso de la Unión (1993), Artículos 1 a 8, en Ley General de Educación, México, http://www.sep.gob.mx/work/resources/LocalContent/13915/3/2009.pdf

— (2001), “Dictamen en materia indígena. Art. 2°, B, párrafo II”, en Gaceta Parlamentaria. Senado de la República, 25 de abril, México, pp. 3-4 (también puede consultarse en: http://www.senado.gob.mx/gaceta/50/index.html).

Ley Estatal de Educación, artículos en que se enuncien los principios filosóficos que orientan la educación.

Meneses Morales, Ernesto (1995), “El concepto de educación y sus fines en la Ley General de Educación”, en Comentarios a la Ley General de Educación, México, CEE, pp. 55-80.

Poder Ejecutivo Federal (1993), “Exposición de motivos de la iniciativa de reforma de los artículos 3° y 31°, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, en SEP, Artículo 3° Constitucional y Ley General de Educación, México, pp. 13-25.

Sánchez Vázquez, Adolfo (1996), “Anverso y reverso de la tolerancia”, en Rafael Cordera Campos y Eugenia Huerta Bravo (coords.), La Universidad y la tolerancia, México, UNAM, pp. 41-52.

Savater, Fernando (1997), “Educar es universalizar”, en El valor de educar, Barcelona, Ariel, pp. 45-168.

Tenti Fanfani, Emilio (1995), “La democracia como sistema y como práctica”, en ¿Es posible concertar las políticas educativas?, Buenos Aires, Miño y Dávila Editores (Serie FLACSO), pp. 329-333.

Bibliografía complementaria

(s/a) (1996), “Artículo 18” y “Artículo 26”, en Guía de los derechos humanos, México, Nueva Breda, pp. 92-95 y 120-123.

Bovero, Michelangelo (1993), “El pensamiento laico”, en Nexos, José Fernández Santillán (trad.), vol. 16, núm. 185, México, pp. 9-13.

Fetscher, Iring (1990), “Democracia y tolerancia política”, en La tolerancia. Una pequeña virtud imprescindible para la democracia. Panorama histórico y problemas actuales, México, Gedisa, pp. 137-161.

González Avelar, Miguel (1997), “El artículo tercero y los valores de la Constitución”, en Sergio García Ramírez (comp.), Los valores en el derecho mexicano. Una aproximación, México, UNAM, pp. 169-186.

Actividades sugeridas

1. Iniciar el curso con un intercambio de ideas entre los alumnos sobre los conceptos básicos que se estudiarán en este bloque; para ello puede ser útil formular preguntas como las siguientes:

  • ¿Por qué la educación es, al mismo tiempo, un derecho y una obligación?

  • ¿Por qué la educación es un servicio público?

  • ¿Qué relación existe entre el laicismo y la tolerancia?

  • ¿Qué relación existe entre la gratuidad y el carácter democrático de la educación?

Al realizar esta actividad no se pretende obtener acuerdos en las respuestas, sino identificar las explicaciones y las principales discrepancias; el registro de las opiniones expresadas permitirá a los propios alumnos valorar sus avances durante el curso.

2. Leer y comentar los artículos 3°, 24°, 31° (en su fracción I) y 130° de la Constitución Política, los artículos 1 al 8 de la Ley General de Educación, el “Dictamen en materia indígena. Art. 2o, B, párrafo II”, del H. Congreso de la Unión, así como los correspondientes de la Ley Estatal de Educación, en los cuales se establecen los principios filosóficos de la educación en México. Una acción para organizar los resultados de esta actividad consiste en la elaboración de un cuadro comparativo de los documentos sugeridos.

3. Para precisar el concepto de educación y profundizar en la comprensión de las finalidades de la educación mexicana, de manera individual realizar una representación gráfica que exprese lo esencial de “El concepto de educación y sus fines en la Ley Gene-ral de Educación”, de Meneses Morales, y en plenaria comentar la forma en que se expresan en esta normatividad los principios del Artículo Tercero Constitucional y los compromisos que como futuros docentes les corresponderá asumir para contribuir al logro de estos preceptos.

4. Con la información obtenida en las actividades anteriores y apoyándose en el texto de Fuentes Molinar, “El laicismo: seis tesis contrarias a la educación pública”, analizar en grupo las siguientes afirmaciones:

  • “La educación laica es antirreligiosa”.

  • “La educación pública no inculca valores en los niños”.

  • “La educación básica atenta contra la libertad individual de creencias”.

  • “Los contenidos de los libros de texto gratuitos son un instrumento de control del gobierno”.

  • “La gratuidad de la educación es ficticia, pues su costo se paga con los impuestos de la sociedad”.

  • “A nadie se le puede obligar a ir a la escuela”.

Organizar una discusión en grupo relacionando las anteriores afirmaciones con un caso de la vida escolar y obtener conclusiones acerca de la actitud que debe asumir el maestro de educación básica frente a las distintas creencias religiosas de los alumnos y sus familias, así como ante las concepciones que diversos sectores tienen sobre la gratuidad y la obligatoriedad de la educación.

5. Para valorar la trascendencia del laicismo como un principio que históricamente ha enarbolado la educación mexicana, se sugiere que el maestro, en conjunto con algunos alumnos, lean frente al grupo el siguiente ejemplo de lección:

Separación del estado y la Iglesia*

(Para el quinto año)

Leopoldo Kiel+

M: —Hemos hablado ya otras veces de la libertad de conciencia, y hoy vamos a tratar un poco del Gobierno y de la religión. Ya saben ustedes que la enseñanza es laica, es decir, que en las escuelas oficiales no se enseña ninguna religión, con el objeto de que ni el maestro pretenda imponer su propia religión a los niños que profesan otra distinta, ni se vea obligado a enseñar otra que no sea la suya. Sabiendo esto, ¿qué sucedería si el Gobierno reconociera como suya una religión determinada y quisiera que todos los mexicanos aceptaran a fuerza esa misma religión?

A: —Que los que no creyeran en esa religión serían perseguidos.

A: —O que algunos tal vez dirían que profesaban esa religión, aunque no la aceptaran de veras.

M: —En una palabra, eso daría lugar a frecuentes disgustos entre gobernantes y gobernados. Si el gobierno fuera protestante, por ejemplo, trataría de perjudicar a los católicos, a los judíos, a todos los demás que no siguieran aquella religión, y viceversa.

Hubo un tiempo en que en México no se permitía que cada uno tributara culto a Dios como quisiera y en que se perseguía y se castigaba terriblemente a todos los que no eran católicos. Bastaba la sospecha de que un individuo no creía en la religión católica para que fuese sometido a los más bárbaros tormentos, y si la sospecha era confirmada de algún modo, no sólo se le aplicaban esos tormentos, sino que se le enviaba a la hoguera. ¿Creen ustedes justos tan terribles procedimientos? ¿Se puede obligar justamente a un hombre a que crea en lo que no puede o no quiere creer?... ¿Qué será, pues, necesario para evitar esos inconvenientes?

A: —Que el gobierno no reconozca ninguna religión oficial.

M: —Efectivamente. Sólo de este modo el Gobierno puede respetar las conciencias y cuidar a la vez que los hombres respeten mutuamente sus creencias y su modo de pensar. Nadie, ni el Gobierno ni la Iglesia pueden obligar a los hombres a que crean lo que no pueden creer. ¿Será, pues, conveniente que estén unidos la Iglesia y el Estado?

A: —No, señor.

M: —¿Por qué?

A: —Porque el clero había de querer que el Gobierno aceptara la religión de aquél.

M: —Sí, y ya acabamos de ver que eso tendría muchos inconvenientes. ¿Cómo conviene que existan, pues, la Iglesia y el Estado?

A: —El Estado y la Iglesia deben ser independientes entre sí.

M: —Muy bien, y así sucede realmente en México; el Estado y la Iglesia son independientes entre sí (escríbase en la pizarra) conforme a un artículo de nuestras leyes. Y según esto, ¿se podrán dictar leyes estableciendo o prohibiendo alguna religión?

A: —No, señor, desde el momento en que el Estado y la Iglesia son independientes.

M: —Tiene usted razón; si se expidieran esas leyes se violaría la libertad de conciencia. Escribiremos esto en el pizarrón: No podrán dictarse leyes estableciendo ni prohibiendo religión alguna. Ahora bien, ¿querrá esto decir que el Estado no ejercerá ninguna autoridad sobre la Iglesia?

A: —Yo creo que no, señor, puesto que la Iglesia es libre.

M: —De modo que tendrá libertad, por ejemplo, para alterar el orden público.

A: —No, señor, porque ya hemos dicho que la libertad tiene por límite el respeto a la vida privada, a la moral, a la paz pública.

M: —¿Recuerdan ustedes el artículo 6° de la Constitución? ¿Cómo dice?

A: —La manifestación de las ideas no puede ser objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque la moral, los derechos de tercero, provoque algún crimen o delito, o perturbe el orden público.

M: —Muy bien, repetiré mi pregunta. ¿El Estado no ejercerá ninguna autoridad sobre la Iglesia ni en lo relativo a la conservación del orden público?

A: —Sí, señor; el Estado debe ejercer autoridad sobre ella en lo relativo a la conservación del orden público.

M: —Escribiremos esto en el pizarrón. (Lo hace.) ¿Nada más en lo relativo a la conservación del orden público deberá ejercer autoridad el Estado sobre la Iglesia? ¿Convendría que la Iglesia no respetara las instituciones del Estado?

A: —No, señor, puesto que el Estado respeta las instituciones de la Iglesia.

M: —Tiene usted razón. Agregaremos, pues, esta parte a lo que hemos escrito. (Lo hace.) Vamos a leer lo escrito:

      “El Estado y la Iglesia son independientes entre sí. No podrán dictarse leyes estableciendo ni prohibiendo religión alguna; pero el Estado ejerce autoridad sobre todas ellas, en lo relativo a la conservación del orden público y a la observación de las instituciones”.

Vamos a ver. ¿Por qué el Estado y la Iglesia son independientes entre sí?... ¿Por qué es conveniente que no se dicten leyes estableciendo ni prohibiendo religión alguna?... etcétera, etcétera.

Ustedes comprenderán que estas disposiciones en vez de menoscabar la libertad de los hombres, la aseguran y la hacen efectiva. De otro modo se atacarían los derechos de terceros y los hombres estarían en perpetua discordia queriendo imponer unos a otros sus propias convicciones, y ya hemos dicho muchas veces que cuando los hombres de una sociedad no viven en paz, no pueden progresar ni dedicarse tranquilamente a su trabajo. Por eso debemos amar y defender los principios que hemos expuesto,2 procurando que se observen siempre por todos.        

Una vez que finalice la lectura se sugiere reflexionar en torno a las siguientes cuestiones:

  • ¿Por qué es importante que el maestro de educación básica conozca los principios filosóficos que orientan su profesión?

  • ¿Qué relevancia tienen la permanencia y la aplicación de los artículos 3°, 6° y 24° de la Constitución Política en la definición de la educación básica como un servicio de orden público e interés social?

6. Con apoyo en las tesis que expone Sánchez Vázquez en “Anverso y reverso de la tolerancia”, contestar individualmente o en equipo las siguientes preguntas:

  • ¿Por qué la tolerancia es un valor necesario e indispensable en una sociedad democrática?

  • ¿Cómo se relacionan la tolerancia, la libertad y la solidaridad?

  • ¿Cómo se puede distinguir la verdadera tolerancia de la falsa? ¿Cuáles son los límites de la tolerancia?

Se sugiere establecer relaciones entre las respuestas obtenidas y los principios de convivencia humana que establece el Artículo Tercero.

7. Tomar como referencia “Educar es universalizar”, de Savater, y organizar una discusión acerca de las siguientes tesis:

  • La educación mantiene los valores predominantes de la sociedad.

  • La educación sólo responde a los requerimientos particulares de los individuos según su capacidad, sexo, raza, lengua y cultura.

  • La diversidad cultural se pierde al universalizar la educación.

  • Para evitar el adoctrinamiento en la escuela es preferible que el maestro mantenga una relativa actitud neutral.

Al discutir cada tesis es importante tratar de establecer acuerdos, los cuales pueden ser la base para que los estudiantes escriban, de manera individual, un texto breve acerca de la importancia del derecho a la educación.

8. A partir de las lecturas “Un camino para la igualdad y para la inclusión social” y “La educación obligatoria: una escolaridad igual para sujetos diferentes en una escuela común”, de Gimeno Sacristán, realizar las siguientes actividades:

  • Responder de manera individual, o bien en pequeños equipos, las siguientes preguntas:

      –         ¿Qué implicaciones tiene que la educación sea considerada como un derecho universal?

      –         Cuando el autor sostiene la siguiente tesis: “El que un ser humano reciba la misma educación que cualquier otro no significa igualarlos entre sí”, ¿a qué se refiere?

      –         ¿Cuáles son las consecuencias de excluir a los individuos de la educación?

      –         ¿Qué propuesta hace el autor para trabajar la diversidad del alumnado y al mismo tiempo impulsar una educación igual para todos?

  • Gimeno Sacristán sostiene que el problema de la diversidad y la diferencia en y ante la educación supone enfrentar varios retos, explicar cada uno de ellos:

    a)        Naturalidad de las diferencias.

    b)        Diversidad como problema.

    c)        Graduación de la escolaridad.

    d)        Formas de abordar la complejidad de la diversidad.

    e)        Papel de la escuela en respuesta a las desigualdades y diferencias.

  • En pequeños grupos, analizar las siguientes frases, que se tomaron del libro de Gimeno Sacristán, y comentar en el resto del grupo las conclusiones respecto a la importancia de que el maestro atienda la diversidad en el aula.

          “La educación debe preocuparse por estimular diferenciaciones que no supongan desigualdades entre los estudiantes; tiene que hacer compatible el curriculum común y la escuela igual para todos con la posibilidad de adquirir identidades singulares, lo que significa primar la libertad de los sujetos en el aprendizaje”, p. 74.

          “La diversidad algunas veces habrá que desconsiderarla, en otras habrá que corregirla y en muchos casos debería estimularse”, p. 75.  

          “La escuela y su curriculum, que deben ser oportunidades para todos, pasan con demasiada facilidad a ser estructuras de dificultades graduadas que todos han de superar a un mismo ritmo y con las mismas ayudas, de suerte que en cada uno de los escalones establecidos con la graduación medimos a los sujetos para ver si son aptos o no, los diferenciamos y les decimos a muchos que son desiguales a los demás”, p. 78.                  

          “La diversidad natural de la que hemos hablado, la singularidad de cada individuo, se entenderá y se reaccionará ante ellas desde el punto de vista de su clasificación en categorías. La singularidad será tolerada sólo en la medida en que no sobrepase los límites de variación que no distorsionan el trabajo ‘normalizado’ con cada categoría clasificada”, p. 83.

          “Los profesores parecen haber perdido la capacidad profesional de trabajar con la diversidad, si ésta no es reducida por algún tipo de clasificación de estudiantes”, p. 84.  

     “Quienes se salgan del estándar normativo, quienes no sigan el ritmo y la secuencia caen en la ‘anormalidad’, bien sea en su zona negativa (los ‘retrasados’, los ‘subnormales’, los fracasados, los no aprobados), bien en su zona positiva (los ‘adelantados’, los ‘sobredotados’, los notables y los sobresalientes”), p. 85.

    “A la diversidad de los sujetos hay que responder con la diversificación de la pedagogía”, p. 91.

   De manera individual, elaborar un escrito donde se responda brevemente la siguiente pregunta: ¿qué tipo de actividades se requieren en las escuelas de educación básica para trabajar el respeto a la diversidad de los alumnos?

9. Por último, en equipos, comentar lo señalado en “La democracia como sistema y como práctica”, de Tenti Fanfani, en relación con estos conceptos, así como la manera en que los preceptos del Artículo Tercero Constitucional y de la Ley General de Educación contribuyen a que en las escuelas del sistema educativo nacional se concrete este principio.

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